CIERRE FISCAL EJERCICIO 2011

Ante la proximidad del fin del año, recomendamos a todos los contribuyentes que tengan en cuenta las últimas acciones que pueden realizar para el Cierre Fiscal del Ejercicio 2011. Hay que tener en cuenta que normalmente diciembre es un mes en el que se suelen establecer novedades legislativas en el ámbito tributario, y más en este año tras las pasadas elecciones generales, por lo que habrá que estar atentos a posibles novedades que puedan afectar al cierre del presente año y a la planificación fiscal para el próximo ejercicio.

 Durante el presente año ya se han producido importantes modificaciones en la normativa tributaria, unas al objeto de fomentar la inversión y creación de empleo por un lado, y algunas otras medidas para aumentar la capacidad recaudadora del Estado, recuperando por ejemplo, el Impuesto sobre el Patrimonio.

Para el próximo año y para realizar una buena planificación es necesario en primer lugar, realizar un cálculo estimado de los rendimientos que voy a tener en el ejercicio. En el caso de los empresarios es imprescindible disponer de una contabilidad al día para poder tomar decisiones.

En segundo lugar, es necesario conocer las posibles deducciones e incentivos fiscales que disponemos. Estos incentivos varían en función del impuesto que afecte, para las personas físicas es el IRPF y para las sociedades el Impuesto sobre Sociedades.

Una vez realizado el cálculo de los rendimientos estimados en 2011 y conociendo las ventajas fiscales que me establece la normativa, tendré los argumentos necesarios para una correcta toma de decisiones empresariales.

Las novedades tributarias introducidas durante este año, han tratado de favorecer en cierta medida a la actividad económica, y el legislador ha cargado el peso de sus necesidades financieras en el ámbito tributario sobre los contribuyentes individuales.

En el ámbito del IRPF, llama la atención la marcha atrás en muchas medidas introducidas los años anteriores, como la deducción por nacimiento, la deducción de los 400€,  o la elevación de los tipos de gravamen.

Las principales deducciones que podemos aplicar para reducir la tributación son:

1. Aportaciones a Planes de Pensiones. Es uno de los productos financieros que más se utilizan para desgravar. La fiscalidad de este producto permite deducir (con ciertos límites) las aportaciones en la base imponible del impuesto. Hay que tener en cuenta, que en el momento del rescate de las aportaciones realizadas tributarán como rendimiento del trabajo.

2. Deducciones por adquisición de vivienda: En cuanto a esta deducción, en la práctica la veremos desaparecer, ya que limita la posibilidad de deducción a aquellos contribuyentes que obtengan un nivel máximo de renta de 24.107,20€. No obstante, todos aquellos contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual en un periodo anterior al 2011 pueden seguir aplicando la deducción en los términos entonces vigentes.

3. Las aportaciones a las cuentas vivienda tienen los mismos derechos adquiridos que la legislación anterior, no obstante, tienen los mismos requisitos de renta, para las cantidades aportadas a partir del 2011.

4. Las obras de reparación que mejoren la habitabilidad de la vivienda realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 tienen deducción. Para el 2011 tienen las siguientes peculiaridades:

v      Toda clase de viviendas (no sólo la vivienda habitual), no para jardines, aparcamientos o locales.

v      El límite plurianual máximo es de 20.000€.

v      Deducción del 20% (en 2010 era del 10%).

v      Hay que realizar el pago de la obra mediante transferencia o cheque.

v      Obviamente, la aplicación de la deducción requiere de la factura correspondiente.

v      Se consideran obras que mejoran la habitabilidad, la mejora de la eficiencia energética o del uso del agua, mejora de la accesibilidad, instalación de infraestructuras para el acceso a internet o la TDT.

5. Deducciones por donativos y por cuenta-ahorro empresa.

  • En cuanto a las novedades fiscales para los empresarios y profesionales en el IRPF cabe destacar:
  • Para titulares de actividades económicas cuya cifra de negocios para el conjunto de actividades que realicen sea inferior a 5 millones de euros en cada período y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados, se establece una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo declarado, minorado, en su caso por las reducciones antes indicadas, siempre que mantengan o creen empleo en dicho ejercicio.
  • Se eleva el importe exento de esta prestación por desempleo en su modalidad de pago único a 15.500 euros (antes 12.020 euros).
  • En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, se han introducido durante el año modificaciones en el impuesto con el objetivo de incentivar la inversión y la creación de empleo.

Una de las novedades para 2011 ha sido la ampliación del umbral que permite acceder al régimen específico de las PYMES, modificando el volumen de cifra de negocios hasta los 10 millones de euros (antes 8). La LIS no establece ninguna condición sobre la actividad que desarrolle la empresa, la única condición exigida es el importe de la cifra de negocios.

Otra modificación es que se eleva de 120.202,41€ a 300.000 el tramo de la base imponible sobre el que se aplica el tipo de gravamen del 25%; y las empresas pueden seguir aplicando los incentivos para PYMES  durante tres ejercicios al que superen los 10 millones de euros.

Por lo que respecta a entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios en 2009, 2010, y 2011 sea inferior a 5 millones de euros y su plantilla no supere 25 empleados (Micropymes), el tipo de gravamen será del 20% hasta los 300.000€ de Base Imponible, cuando mantengan el empleo.

Otra importante novedad que afecta al Impuesto sobre Sociedades, es la nueva regulación de la libertad de amortización, para elementos nuevos del inmovilizado material afectos a actividades económicas. Se permite amortizar libremente hasta el ejercicio 2015, sin que sea preciso el mantenimiento de empleo y permitiendo su extensión a todas las empresas, personas físicas empresarios y profesionales. La principal novedad ha sido la supresión del requisito del mantenimiento del empleo, pretendiendo incentivar la inversión productiva. Esta ventaja supone un diferimiento en el pago del impuesto, para ejercicios en que las empresas vayan fortaleciendo su situación económica.

  • Por otra parte, se pueden aplicar las siguientes deducciones en el I.S.:
  • Deducción I+D+i: a partir del 6 de marzo de 2011, la deducción por actividades de innovación tecnológica se incrementa hasta el 12% (antes el 8%).
  • Deducción por inversiones medioambientales.
  • Edición de libros y producción cinematográfica.
  • Patrimonio histórico español.
  • Formación profesional: esta deducción se deroga en 2011, no obstante se prorroga durante 2011 la posibilidad de aplicar la deducción por los gastos e inversiones que asuman las empresas para habituar a sus empleados a la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. (deducción del 1-2%).
  • Creación de empleo para trabajadores con discapacidad. Es deducible en la cuota íntegra la cantidad de 6.000 € por cada perdona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido y a jornada completa.
  • En 2011 desaparecen las siguientes deducciones:
  • Deducción por actividades exportadoras.
  • Deducción por fomento de tecnologías de la información.

Como conclusión, recomendamos tomar las medidas necesarias antes de finalizar del presente año 2011 e intentar obtener algún beneficio fiscal y realizar, desde principios del próximo año 2012, una buena planificación fiscal para que el cierre fiscal del año 2012 lo optimicemos al máximo. No obstante, antes de finalizar el año debemos estar pendientes de las modificaciones fiscales que se pueden producir que me puedan afectar en la toma de decisiones y consultar a nuestro asesor en que medida me pueden beneficiar los incentivos y estímulos marcados por la normativa.

 

 

Ignacio Blanco Muñoz

Asesor, Responsable Área Fiscal Contable
Musashi, asesores consultores

Actualizado (Miércoles, 30 de Noviembre de 2011 08:51)