Prácticas No laborales en empresas por parte de personas jóvenes

El viernes día 18 de noviembre de 2011, se ha publicado en el B.O.E. el R.D. 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.

Debido a la actual situación de crisis económica, la cual ha llevado al desempleo a muchas personas, especialmente en el caso de los más jóvenes, a través de este real decreto se regula una nueva medida que consiste en el desarrollo de prácticas no laborales por parte de las personas jóvenes, con problemas de empleabilidad, en las empresas que hayan celebrado previamente convenios con los Servicios Públicos de Empleo.

Estas prácticas van dirigidas a personas jóvenes que, debido a su falta de experiencia laboral, tengan problemas de empleabilidad. Se trata de ofrecerles un primer contacto con la realidad laboral a través del acercamiento a la misma, al tiempo que contribuye a completar la formación alcanzada por la persona joven.

Las prácticas no laborales irán dirigidas a personas jóvenes desempleadas e inscritas en la oficina de empleo, con edades comprendidas entre 18 y 25 años inclusive, que posean una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad. Asimismo, no deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.

Las prácticas se desarrollarán bajo la dirección y supervisión de un tutor y tendrán una duración entre tres y nueve meses. A la finalización, la persona que haya realizado las mismas recibirá un certificado en el que conste, al menos, la práctica realizada.

Las personas jóvenes participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales en que desarrollen las prácticas una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual vigente en cada momento. (para año 2011: 426,00 €)

De igual forma les serán de aplicación los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. (véase boletín noviembre 2011)

Las empresas que vayan a desarrollar las prácticas no laborales contempladas en este capítulo, previamente a la suscripción del acuerdo con las personas beneficiarias de las mismas, celebrarán un convenio con el Servicio Público de Empleo competente en razón del ámbito territorial del centro de trabajo donde se desarrollarán aquellas.

Las personas jóvenes que hayan participado o participen en el programa de prácticas no laborales podrán ser contratadas a la finalización, o durante el desarrollo de las mismas, bajo cualquier modalidad de contratación, de acuerdo con la normativa legal vigente en ese momento, o en su caso, podrán incorporarse como persona socia si las prácticas fueron realizadas en cooperativas o sociedades laborales.

 

 

 

 

 

Javier Artacho Reboso
Socio-Director
Musashi asesores, consultores

Actualizado (Martes, 27 de Diciembre de 2011 12:52)