DEVOLUCION POR DOBLE COTIZACIÓN. PLURIACTIVIDAD

Los trabajadores autónomos que, en razón de sus trabajos por cuenta ajena desarrollados simultáneamente con trabajos por cuenta propia, hayan cotizado en 2011 respecto de contingencias comunes en régimen de pluriactividad (teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial), tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones ingresadas y que superen la cuantía que aún se ha de determinar para el año 2011, ya que a fecha actual se desconoce cuál es la mencionada cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial. A modo informativo, para el año 2010 la cuantía era de 10.752 €uros, por lo que para el año 2011 será muy similar.

El plazo para pedir esta devolución finaliza el 30 de abril de 2012, debiendo realizarse mediante el Modelo Solicitud de Ingresos Indebidos en cualquier administración de la Seguridad Social. No es necesario realizar el cálculo de la cuantía a devolver, ya que es la administración la que tiene la información oportuna, especialmente en lo relativo a la cotización en el Régimen General.

 

 

 


Javier Artacho Reboso
Socio-Director
Musashi asesores, consultores

Actualizado (Miércoles, 08 de Febrero de 2012 12:15)