MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA

Una de las primeras medidas del actual gobierno, fue la aprobación el pasado 30 de diciembre de 2011 del Real Decreto 20/2011, el cual establece una serie de medidas urgentes para la corrección del déficit público.

Ante la falta de aprobación de una Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, este Real Decreto ha supuesto la introducción de reformas, algunas de las cuales afectan al ámbito tributario y fiscal.

La reforma se ha centrado, por un lado en la reducción del gasto, en particular en cuanto al gasto de personal al servicio del sector público, y por otro lado en una subida impositiva, la cual va a recaer fundamentalmente en los asalariados y ahorradores.

Nos vamos a centrar en este artículo en las reformas que afectan al ámbito tributario.

En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se ha elevado el tipo de gravamen para los años 2012 y 2013, oscilando entre el 0,75 por 100 para los contribuyentes con rentas más bajas, hasta el 7 por 100 para las rentas superiores a 300.000 euros.

También se ha elevado el tipo de gravamen para las rentas del ahorro, en porcentajes que oscilan entre el 2 por 100 para los rendimientos de hasta 6.000 euros y el 6 por 100 para rendimientos superiores a 24.000 euros.

Para los periodos impositivos 2012 y 2013 se elevan los porcentajes de pagos a cuenta del 19 por 100 al 21 por 100. Por lo tanto, para los empresarios que paguen por un alquiler de un inmueble, esto supone que la retención a practicar a su arrendador sube un 2 por 100, pasando del 19 por 100 al 21 por 100.

Como incentivo fiscal en el IRPF, se ha recuperado la desgravación por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010.

En relación con los empresarios y profesionales, se prolonga para 2012 la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento y creación de empleo.

Se prorroga durante los años 2011 y 2012 la deducción de los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información, como gastos de formación.

En relación con el Impuesto sobre Sociedades, no existe una subida impositiva.

Para el ejercicio 2012 se prolonga el tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo aplicable para microempresas.

Para las sociedades también se prorroga la deducción de los gastos e inversiones efectuados para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, se mantiene el IVA superreducido del 4 por 100 para la adquisición de primera vivienda a partir de 2012.

En relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, se establece para los ejercicios 2012 y 2013 un incremento del tipo impositivo en función del año de revisión catastral. El incremento oscila entre el 4% y el 10%. 


Ignacio Blanco Muñoz
Asesor, Responsable Área Fiscal Contable
Musashi asesores. consultores