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Novedades Cese Actividad de los Trabajadores Autonomos El Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos determina una serie de criterios a tener en cuenta para la prestación por Cese de Actividad:1.- La cotización estará ligada a la de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, siendo indivisible las opciones de cotización, salvo los trabajadores pluriempleados por cuenta ajena que será opcional.
La cuota de cotización se regirá por la tabla que sigue a continuación, siendo la misma para todos los sectores: -
Inclusion en la Seguridad Social de los Becarios El pasado 27 de octubre de 2011, se publicó en el B.O.E. el R.D. 1493/2011, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en Programas de Formación. Las principales novedades, y con efectos desde el 1 de noviembre de 2011, son:
Quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, quienes participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, no tengan carácter exclusivamente lectivo sino que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y conlleven una contraprestación económica para los becarios, cualquiera que sea el concepto o la forma en que se perciba, siempre que la realización de dichos programas no dé lugar a una relación laboral que determine su alta en el respectivo régimen de la Seguridad Social. La condición de participante en los programas de formación a que se refiere el apartado anterior se acreditará mediante certificación expedida por las entidades u organismos que los financien, en la que habrá de constar que el programa de formación reúne los requisitos exigidos, así como su duración.
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Prácticas No laborales en empresas por parte de personas jóvenes El viernes día 18 de noviembre de 2011, se ha publicado en el B.O.E. el R.D. 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
Debido a la actual situación de crisis económica, la cual ha llevado al desempleo a muchas personas, especialmente en el caso de los más jóvenes, a través de este real decreto se regula una nueva medida que consiste en el desarrollo de prácticas no laborales por parte de las personas jóvenes, con problemas de empleabilidad, en las empresas que hayan celebrado previamente convenios con los Servicios Públicos de Empleo.
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Cloud Computing: adaptarse para sobrevivir Ya lo postulaba Charles Darwin “Aquellos miembros de la población con características menos adaptadas morirán con mayor probabilidad. Entonces aquellos miembros con características mejor adaptadas sobrevivirán más probablemente.” Es un hecho, o nuestras empresas se adaptan al imparable avance del “entorno tecnológico” o, desgraciadamente, desapareceremos.
Y llegó el Cloud Computing (la nube). Pero qué significa este nuevo término anglosajón: pues ni más, ni menos que el suministro bajo demanda de recursos computacionales, hardware, software y datos, a través de Internet. El término “bajo demanda” ha de entenderse de manera similar a como entendemos el acceso al suministro de electricidad, gas o agua. (Dossier ONSFA)
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¡ FELIZ NAVIDAD ! 
El equipo de profesionales de Musashi asesores, consultores, les desea Felices Fiestas y que el año 2012 sea Próspero en Salud, Paz, Amor, Felicidad y Trabajo, mucho Trabajo para todos.
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CIERRE FISCAL EJERCICIO 2011 Ante la proximidad del fin del año, recomendamos a todos los contribuyentes que tengan en cuenta las últimas acciones que pueden realizar para el Cierre Fiscal del Ejercicio 2011. Hay que tener en cuenta que normalmente diciembre es un mes en el que se suelen establecer novedades legislativas en el ámbito tributario, y más en este año tras las pasadas elecciones generales, por lo que habrá que estar atentos a posibles novedades que puedan afectar al cierre del presente año y a la planificación fiscal para el próximo ejercicio.
Durante el presente año ya se han producido importantes modificaciones en la normativa tributaria, unas al objeto de fomentar la inversión y creación de empleo por un lado, y algunas otras medidas para aumentar la capacidad recaudadora del Estado, recuperando por ejemplo, el Impuesto sobre el Patrimonio.
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LA INFLUENCIA DE LA COMUNICACIÓN La nota humanista de esta intensa jornada de trabajo la puso el Dr. Mario Alonso Puig, Médico especialista en Cirugía General y del Aparato Digestivo, Fellow de la Harvard University Medical School y miembro de la New York Academy of Scienses y de la Asociación Americana para el Avance de la Ciencia. Autor de varios libros, destacando el título “Reinventarse: Tu segunda oportunidad” que va ya por la 12ª edición.
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LA RELACIÓN ENTRE EL ASESOR Y SUS CLIENTES Este fue un debate muy interesante entre representantes de diversos despachos profesionales y responsables de PYMES que reciben asesoramiento de los mencionados despachos, y el enfoque fundamental era escuchar a los responsables de las PYMES con el objetivo de conocer sus necesidades con respecto a los profesionales que les asesoran, es decir, que le pide la PYME a su asesor, y la respuesta fue la siguiente:
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EL ASESOR Y LA ADMINISTRACIÓN En la mesa redonda en la que se trataron las relaciones de los asesores con las distintas administraciones públicas, se hizo referencia al “Foro de Asesores” que, como mesa de trabajo permanente entre la Agencia Tributaria y diversos colegios profesionales, nace para alcanzar una mayor colaboración entre asesores y la administración, y tiene tres objetivos claramente definidos:
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DIAGNÓSTICO DEL MERCADO LABORAL La magnífica ponencia sobre el Diagnóstico del Mercado Laboral fue expuesta de forma magistral por D. Iñigo Sagardoy de Simón, Presidente de Sagardoy Abogados, que considera urgente y fundamental la reforma laboral, pero que ésta debe basarse en la estabilidad del empleo y de las empresas, en la conciencia social y en la flexiseguridad entendida como dar más facilidades al empresario para que desarrolle su actividad y, a la vez, que también se protejan los derechos de los trabajadores, expresando que es necesario un cambio de modelo laboral que debería pivotar en torno a una serie de ejes:







